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CONDENAN AL SAS POR DESPEDIR A UNA ENFERMERA EMBARAZADA

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Los tribunales han dado la razón a una enfermera despedida por estar embarazada en el Centro Norte de Utrera ‘Príncipe de Asturias’.
Así lo explica una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Sevilla que ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por discriminar a una enfermera a la que no se renovó su contrato mientras se encontraba de baja por riesgo durante el embarazo.

En concreto, según el Sindicato de Enfermería (Satse) de Sevilla, que presentó la demanda, la sentencia condena al SAS a indemnizar a la enfermera con 6.200 euros en concepto de daños y perjuicios y al restablecimiento de todos sus derechos en lo relativo a tiempo trabajado del periodo en el que “indebidamente estuvo cesada por la actuación discriminatoria de la Administración Sanitaria”, tal y como especifica el fallo judicial.

En este sentido, el Sindicato de Enfermería explica que la enfermera, vecina de Salteras, venía trabajando en el Distrito Sanitario Sevilla Sur como eventual estructural desde el 1 de diciembre de 2006 cubriendo un hueco en la Zona Básica de Utrera. Desde esa fecha ocupó la plaza de enfermera con sucesivos contratos concatenados hasta el pasado 30 de septiembre de 2009, momento en el que se encontraba de baja por embarazo de alto riesgo. En esa fecha, el Distrito decidió no renovarla mientras si lo hacía con el resto de profesionales que se encontraban en idéntica situación contractual que la embarazada.

Recepción del Centro de Salud Norte de Utrera, lugar en el que trabajaba la enfermera. / UtreraYa

Satse
Así, la sentencia ganada por el sindicato Satse declara nula la actuación del Distrito Sanitario por vulneración del artículo 14 de la Constitución, que prohíbe la discriminación por razón de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. De igual forma, condena al SAS a abonar a la denunciante una indemnización por daños y perjuicios de 6.200 euros, correspondientes a las cantidades dejadas de percibir en el periodo que ha permanecido sin contrato.

Restablecimientos
Al margen de la indemnización económica, el fallo judicial obliga al SAS al restablecimientos de todos los derechos de la enfermera al momento anterior al cese, reconociendo a todos los efectos, tanto de cómputo en la bolsa de empleo y como en futuros procesos de selección, como tiempo trabajado y cotizado el periodo en el que indebidamente estuvo cesada por la actuación discriminatoria de la Administración Sanitaria demandada, incluido el abono de las cuotas a la Seguridad Social.

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